miércoles, 19 de octubre de 2011

EJE 8: CASA DE LA JUVENTUD


La denominada “Casa de la Juven­tud” será un espacio autónomo construido desde la Subsecretaría de Políticas Juveniles, concebido como lugar de participación y en­cuentro de las distintas expresio­nes artísticas juveniles de la ciu­dad. Sus recursos se asignarán a partir de la modalidad del presu­puesto participativo, para que los propios jóvenes definan las parti­das presupuestarias necesarias en cada rama artística.

Se desarrollará en su interior una Escuela de Street Art como es­pacio de producción y formación en acrobacia, malabares, telas, clowns, murga, fotografía, grafitis, artes plásticas y circenses. Se de­berá aplicar un criterio de movili­dad que implique integrar a toda la ciudad.

La Casa de la Juventud iniciará un programa de apoyo a las activida­des culturales jóvenes para poder integrar a la mayoría de las expre­siones y generar pautas solidarias desde lo artístico en la comunidad. Estará equipada con oficinas admi­nistrativas, salón de usos múltiple, salas de talleres, biblioteca/video­teca y gabinete informático.

El proyecto de ordenanza presen­tado por el concejal Raúl Ayude creando el Centro Cultural Juve­nil se encamina en este sentido considerando la necesidad de los adolescentes y jóvenes bahien­ses de encontrarse entre pares y expresar a través de códigos y simbología propia, sus intereses y preguntas, ensayar sus respues­tas y dar a conocer sus propias visiones.

El mismo establece:

Artículo primero: Crease el Cen­tro Cultural Juvenil que tendrá por objeto nuclear a adolescentes y jó­venes, desarrollando expresiones musicales, actorales, plásticas y visuales propias identificatorias.

Artículo dos: Asígnese un espacio físico al proyecto que permita rea­lizar recitales y encuentros entre jóvenes, equipados con escenario, instalaciones eléctricas y sanita­rias.

Artículo tres: Propóngase una co­misión asesora ad honorem inte­grada por cinco miembros, con la coordinación del proyecto a cargo de un representante del Instituto Cultural, integrado por miembros de bandas locales y otras expre­siones artísticas juveniles que ase­gure los canales democráticos de participación y gestión.

Artículo cuatro: Genérese una pro­gramación semestral de trabajo que permita su oportuna difusión.

Artículo cinco: Reglaméntese de forma conjunta en el marco de la comisión coordinadora el uso del espacio y las características de la programación y actividades del mismo.

Artículo seis: Desígnese como agente de aplicación de la presen­te al Área Juventud y la Secretaría de Promoción Social.

Artículo siete: Practíquense las modificaciones presupuestarias que correspondan para el cumpli­miento de la presente.

GRUPO 83 - FEDERACIÓN JUVENIL COMUNISTA

en el Frente de Integración Ciudadana

WOSCOFF INTENDENTE - LISTA 642