Nos encontramos
a poco de celebrar un nuevo aniversario en el que la Argentina se puso a la
vanguardia del continente americano, e incluso a nivel mundial; estamos a menos
de un mes de aquél 15 de julio de 2010 cuando en plena madrugada, el tablero de
votaciones del Senado Nacional arrojaba un reñido resultado de 33 votos
positivo contra 27 negativos y 3 abstenciones, sí…nos referimos a la sanción
del Matrimonio Igualitario.
Sanción ésta que junto a la recientemente promulgada ley de identidad de
género, colocan a la
Argentina como un país que amplía cada vez más su plexo de
Derechos Humanos, dando cumplimiento al compromiso que deriva del imperio Constitucional,
como así, saldando añejas demandas sociales postergadas de manera injusta producto
del prejuicio, la intolerancia y la estigmatización, que en un primer momento
sirvieron para negar, tapar y excluir un fenómeno social cada vez mas
ostensible, y que luego finalmente, cuando hubo de poner el tema en agenda y
discutir, afloraron expresiones tales como: ¿por
qué no se ocupan de temas importantes?, ¡es antinatural!, ¡La
Biblia dice…!, ¿por qué
no se somete a referéndum?, etc.
Con dotes de
Estadista, en aquella oportunidad la Presidenta
CFK sentenció: ¡Los Derechos Humanos no se plebiscitan!, y
con el acompañamiento de cierto sector del FPV y del arco opositor: UCR; PS;
FAP; CC, etc, el Congreso y el Poder Ejecutivo dieron a luz la realización de
un sueño para un sin fin de personas, las cuales a partir de aquél momento, se
hallaron amparadas por la ley, rectificando la desigualdad entre los iguales,
dejando de ser ciudadanos de segunda; supieron que la ley ahora les reconocía
derecho sociales, laborales, previsionales, hereditarios, cuya ausencia durante
largo tiempo produjeron terribles injusticias sociales.
Pero el tema no
terminó con la conquista jurídica, sino que aún hoy es necesario llevar
adelante una conquista social, una revolución cultural, la Argentina está
atravesando cambios estructurales no sólo institucionales y normativos, sino también
sociales por cuanto éstos fenómenos impactan directamente sobre la sociedad
toda, la cual acostumbrada al reposo durante décadas, ven a estas (y a otras)
modificaciones como una amenaza, un peligro para la estructura funcional y axiológica
de la sociedad.
Es importante
que se siga trabajando en materia de diversidad e inclusión social, puesto que
aún existen grandes desafíos para que la ley goce de amplia legitimidad, es
necesario demostrar mediante los hechos que tales miedos son infundados, e
impuestos por dogmas provenientes de alguna institución no democrática, feudal,
sexista y separatista que lucra con la “buena fe” de millones de creyentes.
También es
importante que desde el Estado exista aquiescencia en el reconocimiento y
operatividad de los derechos consagrados; recordemos que habiéndose promulgado
la ley de matrimonio igualitario comenzaron las “resistencias institucionales”
por medio de ciertos empleados de los distintos registros civiles, que pusieron
de moda la denominada “objeción de
conciencia”, una figura dañina para un Estado de Derecho, el cual debería
ser normado para casos irrazonables o de excepcionales circunstancias.
El ejercicio de
esta “objeción de conciencia” en lo que refiere al cumplimiento de derechos
constitucionales, omitiendo así el cumplimiento de los deberes de funcionario
público, constituyen un abuso de derecho de rayana ilicitud, por cuanto su
ejercicio supone la frustración de un derecho constitucional por afectar, la
realización de éste, convicciones íntimas de quien tiene a su cargo el deber legal
de dar cumplimiento a lo requerido.
En igual sentido
vale para los miembros de los órganos deliberativos, sucedió en mismo Congreso
Nacional, y en Bahía Blanca sucede con ciertos ediles quienes acuden de manera
urgente a esta figura no asumiendo el mandato representativo por el que
juraron. Edmund Burke, nos decía en
un apartado de su “Discurso a los electores de Bristol": “Que es su deber (como legislador) preferir
siempre y en todas las ocasiones el interés de ellos (los representados) al
suyo propio". Por lo cual, la reflexión que deberían realizar estos
ediles reticentes es un ejercicio intelectual cuasi aritmético: hablamos de un
derecho que no perjudica a terceros, que está reconocidos constitucionalmente y
por la Resolución
de Naciones Unidas (A/HRC/17/L.9/Rev.1)
“Acción sobre la
Resolución en Derechos Humanos, Orientación Sexual e
Identidad de Género” (2011), un derecho que cuenta con una ley nacional que lo
consagra, y finalmente, mencionamos que nos referimos a personas que juraron
ejercer la representación de “todos” los miembros del distrito (no
exclusivamente los de una supuesta mayoría).
Más allá de
aquella utópica labor, nos conformamos con que los remisos ediles de Bahía
Blanca cuelguen las caretas, y afronten lo que les toca en este y otros temas con
sólidos argumentos, dejando de una vez por todas el jugueteo banal de la
objeción de conciencia, y así relegando la posición personal para hacer
prevalecer el interés de TODOS los electores que depositaron su confianza en
ellos.
GRUPO 83