jueves, 12 de julio de 2012

Alternativa solidaria, pública y municipal



VISTO:
La situación actual de las familias que no poseen los recursos suficientes para afrontar los gastos de un servicio de sepelio privado, siendo ésta la única alternativa posible; y

CONSIDERANDO:
Que es una problemática de carácter social y comunitaria, el silencioso drama de las familias que deben comprometer recursos que no poseen para la contratación de un servicio de sepelio en momentos de extrema vulnerabilidad.

Que actualmente el municipio paga a las funerarias privadas el servicio de quienes previamente acrediten su condición de indigencia, incurriendo en un gasto de $315.000 durante el año 2010.

Que una porción importante de las familias locales, queda excluida por no revestir la calidad de indigente y no contar con los recursos para afrontar el oneroso servicio privado.

Que, dando una respuesta integral de servicios de sepelio con una capacidad instalada propia representaría un costo mucho menor para el municipio.

Que debe crearse una política pública municipal que brinde un servicio de sepelio y seguro dando una respuesta orgánica a la problemática.

Que para ofrecer un servicio de sepelio municipal resulta conveniente incluirlo en una política pública local que ofrezca también un seguro para quienes opten por un servicio privado, brindando un servicio amplio y concreto a la comunidad

Que con la creación de un fondo solidario, sustentado por una tasa por sepelio fija e igualitaria, incluida en la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza, se dé efectivo cumplimiento a la política pública.

Que, al brindar un servicio específico, se justifica la contribución ciudadana.

Que, con un aporte solidario, cualquier contingencia se verá respaldada por toda la sociedad.

Que mediante la implementación de esta política pública se incentiva el aporte ciudadano premiando a los contribuyentes.

Que quienes opten por un servicio privado, obtendrán el cobro de un seguro.

Que quienes opten por el servicio público, tendrán todos los gastos de sepelio cubiertos.

Que, quienes no aporten el debido tributo, puedan acceder al servicio de sepelios mediante alternativas que promuevan el pago del servicio siempre y cuando sea posible.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

Artículo 1°- Impleméntese el programa de Servicios y Seguros de Sepelio Público Municipal “HONRAR LA VIDA”...

Para leer el proyecto completo entrar en:  http://proyectohonrarlavida.blogspot.com.ar/