martes, 1 de noviembre de 2011

Paso Peatonal - Cruce de vías a la altura de Calle San Andrés

Tema: Puesta en valor del paso peatonal sobre vías ferroviarias, entre las calles Fuerte Argentino y Cerrito a la altura de calle San Andrés (Barrio Palihue).

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO

El cruce peatonal sobre vías ferroviarias, entre las calles Fuerte Argentino y Cerrito a la altura de calle San Andrés, y,

CONSIDERANDO:

Que el paso peatonal mencionado es el camino más corto entre las sedes de la Universidad Nacional del Sur de Av. Alem, 12 de octubre y el campus de Palihue;

Que gran cantidad de alumnos atraviesan este cruce diariamente y en diversos horarios, entre las 8 y las 22 hs;

Que en muchos casos, se dictan clases sucesivas, con pocos minutos de diferencia, en Av. Alem y luego en el complejo de Palihue, o viceversa, y este cruce peatonal es la vía más rápida para llegar;

Que en el cruce peatonal no se cuenta con iluminación, ni delimitación alguna, lo que contribuye a la inseguridad del mismo;

Que es un reclamo reiterado por parte de los estudiantes que se proceda a la puesta en valor del lugar mencionado;

Que la solución al mismo no requiere de grandes medidas y puede llevarse a cabo en un corto período de tiempo;

Que existe como antecedente de todo lo expuesto un proyecto de resolución aprobado por Res. CSU 275/11, que fue presentado por la agrupación universitaria “Generación UNS” ante el Consejo Superior Universitario por el cual se encomienda al Sr. Rector de la UNS, “a realizar las gestiones necesarias (…) para la realización de un paso peatonal que una las calles Fuerte Argentino y Cerrito a la altura de calle San Andrés”;

Que por todo ello, el HCD, en ejercicio de sus facultades sanciona con fuerza de

ORDENANZA:

ARTÍCULO PRIMERO: Procédase a la puesta en valor del cruce peatonal que se encuentra sobre vías ferroviarias, entre las calles Fuerte Argentino y Cerrito a la altura de calle San Andrés. La puesta en valor incluirá la debida iluminación del mismo, la poda de árboles y la delimitación del cruce.

ARTÍCULO SEGUNDO: Coordínese con la empresa Ferro Expreso Pampeano S.A. las medidas a tomar
sobre el cruce peatonal, debido a que el mismo atraviesa vías ferroviarias.

ARTÍCULO TERCERO: De forma.

E. RAÚL AYUDE
CONCEJAL AUTOR